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Archive for Ecuador

Trágico incendio causado por bengala en discoteca de Quito.

El sábado 19 de Abril en la ciudad de Quito, en la discoteca “Factory” durante el concierto gótico 2008, ocurrió un grave incendio causado por una bengala, lo cuál lamentablemente ocasionó fallecidos y heridos.

Este sábado 26 de efectuará una marcha en homenaje a las víctimas del incendio, la marcha es convocada por la organización “Al Sur del Cielo”, movilización que saldrá desde la Plaza Grande a las 10h00 y terminará con la colocación de una placa recordatoria en la Concha Acústica de la Villaflora, en Quito, lugar de referencia histórica para el movimiento rockero.

El domingo 27 de abril se realizará un concierto en el cuál, las ganancias recaudadas serán entregadas a los familiares de los afectados. El costo del evento será de 5 dólares, y se efectuará a partir de las 10h00 am en el Coliseo Rumiñahui, estarán presentes las bandas; Basca, Obituary, Aztra, Notoken, Desconmunal, Escarlathia, Jaime Guevara, Suburbia Ska.

Lamentamos lo sucedido y queremos dar nuestras más sinceras condolencias a los familiares y amigos de los fallecidos.

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Derrumbe en Quito

Un cráter se formo en Quito, bebido a las fuertes lluvias, la tragedia no cobro victimas, ya que no se registra muertes, el principal problema de momento fue que produjo un caos vehicular. El cráter esta creciendo y tiene alrededor de un diámetro de 40 metros y esta en el sector de El Trébol de la capital del Ecuador.

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Quito: 473 años de Fundación

Uppered desea a toda la gente de la capital de Ecuador, felicidades por sus fiestas de fundación.

¡VIVA QUITO!

Mi Quito tiene un sol grande, y sus noches estrelladas…
la luna por el oriente, alumbra en las madrugadas…

Romántico Quito mío, poblado todo en canciones,
que brotas cual un rocío, poemas y ruiseñores,
que quien llega a conocerte, no puede vivir sin verte.

Balcones de otras ciudades, no oyeron tus serenatas,
mujeres de otros balcones, no fueron tan adoradas,
como son las de mi Quito, luceros de su cielito.
Que quien llega a conocerlas, no pueden vivir sin ellas.

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Terminal Terrestre de Guayaquil ya fue inagurada

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La inauguración de la remodelada terminal terrestre Jaime Roldós Aguilera tuvo anoche un mensaje simbólico de integración ecuatoriana.

Una cinta con los colores de las banderas de Guayaquil y Ecuador, sostenida por niños vestidos con prendas que representaban a las actuales 22 provincias del país y a las dos futuras, fue el marco con el que se declaró oficialmente la apertura de esta edificación de 183 mil metros cuadrados.

La obra, de la que se asegura es la terminal más moderna de Latinoamérica, comenzará a operar a fines de noviembre.

“Aquí está esta obra, es posible para 42 millones de personas que usan bus, que no son ricos ni pelucones, que vienen de todas las provincias del país”, aseguró Jaime Nebot, alcalde de Guayaquil.

La inauguración del elegante edificio se realizó con la presencia de cientos de invitados. La edificación de 3 pisos tiene 260 locales comerciales; 91 cooperativas darán su servicio.

A las 20:00 de ayer miembros de la seguridad privada de la remodelada terminal Jaime Roldós Aguilera comenzaron a moverse, pues arribaba el alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, quien la inauguró junto al presidente de la Fundación Terminal Terrestre, Guillermo Lasso, entidad que administra la estación; y su gerente general, Xavier Chávez.

Los tres cortaron al mismo tiempo una cinta que tenía los colores de las banderas de Guayaquil y del Ecuador, sostenida por 24 niños que en su vestimenta representaron a las 22 provincias del país y a las dos en proceso de creación. Cientos de personas asistieron a la ceremonia, entre transportistas, autoridades y otros invitados.

Nebot recorrió la moderna estación desde el segundo nivel en compañía de Lasso y Chávez. Con ellos iban además el contralor general del Estado, Carlos Pólit; el procurador, Xavier Garaicoa, y el vicealcalde, Luis Chiriboga.

Para la inauguración se colocó un grupo de baile en cada planta. En el piso superior los sonidos de los ununos, bombos y marimbas de la agrupación Chonta, Cuero y Bambú recibieron a los asistentes que llegaron hasta ese piso transportados en 20 modernas unidades de la cooperativa de transporte Libertad Peninsular.

En un extremo del primer nivel estaba el grupo de baile costeño Retrovador. Sus bailarines danzaban al son del pasacalle con trajes típicos en colores blanco y celeste. Del otro lado, con las vestimentas tradicionales de Otavalo y Cayambe la agrupación Sapreros representaba a la serranía.

La música proveniente de esos miniescenarios invadía la remodelada estación, que según el gerente de la Fundación Terminal Terrestre atiende 23% menos de personas que la más grande del mundo, la Port Autority Buss Terminal de Nueva York, a 15% de pasajeros menos que la terminal de Sao Paulo, Brasil, y sirve al 17% de más usuarios que la terminal Retiro en Buenos Aires, Argentina.

En su estructura se conjugan materiales como el aluminio, el vidrio, el granito. En las salas de espera los asientos son verde limón o azul. El exterior se puede ver a través del vidrio.

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Las oficinas de las 85 cooperativas son amplias, los baños lucen elegantes acabados y los usuarios podrán utilizar las escaleras eléctricas.

En los cambios del edificio se invirtieron $ 36 millones del costo total de la obra ($50 millones) financiado por la Corporación Andina de Fomento, el gobierno de Lucio Gutiérrez, el Municipio de Guayaquil y fondos de la fundación.

DETALLES: Distribución

Estructura
La terminal tiene 183 mil m², donde funcionarán 154 tiendas del outlet, 117 islas, una megatienda, 91 boleterías, 140 andenes de buses. Además de 15 baterías sanitarias, 8 tramos de escaleras eléctricas y 3 interiores, 6 ascensores montacargas, generadores de energía eléctrica de emergencia y extractor de gases contaminantes.Vía | El Universo

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Bajarían los costos para acceso al internet en Ecuador

Bajaran los costos para acceso al internet en Ecuador

Dentro de los 893.118 ecuatorianos que utilizan Internet se estima que 614.038 son consumidores conmutados o sea los que utilizan una cuenta marcando a un número establecido mediante redes telefónicas y 279.080 están dentro de los usuarios dedicados, que son los que acceden a la red por medio de Cable Modem, Adsl, radio entre otras, calculados por los proveedores de servicios.

A nivel de cuentas bajo contrato en todo el país es de 283.885. lo que varía de acuerdo a la factibilidad y el medio para acceder al Internet

El masivo número de consumidores de Internet motivó al Superintendente de Telecomunicaciones (Suptel) Paúl Rojas Vargas a reunirse con las empresas Portadoras, operadoras y proveedoras de Internet con el afán de bajar los costos de navegación.

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Primer Ecuatoriano al espacio en el 2008

Primer Ecuatoriano al espacio en el 2008

Ronnie Náder Bello, nació en la cuidad de Guayaquil, se graduó en la Ciudad del Espacio, complejo cosmonauta que se encuentra en Rusia convirtiéndose así en el primer astronauta ecuatoriano.

El guayaquileño es un ingeniero experto en informática y tiene previsto participar en un viaje espacial que es auspiciado por una veintena de compañías privadas, entre ellas Space Adventures. El vuelo tiene un costo de 200.000 dólares.

El viaje forma parte del programa “Ecuador al Espacio” que pretende explotar la posición geográfica del país para futuros viajes interespaciales.

El programa Ecuador al Espacio tiene como meta poner a un ecuatoriano en un vuelo espacial antes del 2009

Varios medios de televisión destacaron el hecho de que Ecuador ya tenga un astronauta lo cual dijeron llena de orgullo a los compatriotas, pues Ecuador un país generalmente identificado por problemas políticos, económicos y sociales pero pocas veces aparece en la faz internacional por algo positivo y la noticia de que un ecuatoriano viajará al espacio causó alegría y orgullo en muchos los compatriotas.

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Estatutos de la Asamblea Constituyente - Ecuador

ELECCIÓN, INSTALACIÓN, FUNCIONAMIENTO

Art. 1

De la naturaleza y finalidad. La Asamblea Constituyente es convocada por el pueblo ecuatoriano y está dotada de plenos poderes para transformar el marco institucional del Estado, y para elaborar una nueva Constitución. La Asamblea Constituyente respetará, profundizando en su contenido social y progresivo, los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas. El texto de la Nueva Constitución será aprobado mediante Referéndum Aprobatorio.La transformación del marco institucional del Estado y la nueva Constitución, solo entrarán en vigencia con la aprobación en referéndum, de la nueva Constitución.

Art. 2

De la duración y disolución. La Asamblea Constituyente tendrá una duración de ciento ochenta días (180), contados a partir del día de la instalación, salvo que ella misma establezca una prórroga que no podrá exceder de sesenta (60) días contados a partir del vencimiento de plazo inicial.

Art. 3

De los miembros. La Asamblea Constituyente estará integrada por ciento treinta (130) asambleístas, con sus respectivas o respectivos suplentes, distribuidos de acuerdo con el siguiente mecanismo: 1. Cien (100) asambleístas serán elegidos por circunscripción electoral provincial de conformidad con la actual composición de la legislatura. 2. Veinticuatro (24) por circunscripción nacional. 3. Seis (6) por las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos domiciliados en el exterior, de acuerdo a las siguientes zonas geográficas: dos (2) representantes por Europa, dos (2) representantes por Estados Unidos y Canadá, y dos (2) representantes por los países de América Latina.El padrón electoral se actualizará hasta un día antes de la convocatoria. De la misma manera se procederá para el empadronamiento de los ecuatorianos/as residentes en el exterior.Para ser candidatos a la Asamblea Constituyente, las funcionarias y funcionarios públicos de libre nombramiento y remoción, los de periodo fijo, las servidoras y servidores públicos, así como las magistradas y magistrados y juezas y jueces de la Función Judicial, se someterán a lo establecido en el artículo 101 de la Constitución y el artículo 26, literales b y c, del Reglamento General de la Ley Orgánica de Elecciones.

Art. 4

De la forma de elección. Todos los ecuatorianos votarán en la circunscripción nacional. Los ecuatorianos domiciliados en territorio nacional votarán además en su circunscripción provincial. Los ecuatorianos domiciliados en Europa, Estados Unidos y América Latina, además de votar por la circunscripción nacional, votarán por los candidatos de su preferencia en su respectiva circunscripción exterior.Cada electora o elector dispondrá de tantos votos como asambleístas se vayan a elegir en cada una de las circunscripciones. Los ciudadanos y ciudadanas podrán seleccionar las candidatas y candidatos de su preferencia de una lista o entre listas, tanto a nivel nacional como provincial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Constitución Política de la República.

Art. 5

De la adjudicación de los escaños. La adjudicación de los escaños para la Asamblea Constituyente se hará de la siguiente manera: 1. Los escaños de las circunscripciones nacionales y provinciales se adjudicarán utilizando el método proporcional; esto es asignando los escaños conforme al porcentaje de votos que obtenga cada lista con respecto del total de votos válidos y, dentro de la misma lista, asignando los respectivos escaños a los candidatos con mayor votación. 2. Los escaños de las circunscripciones de los ecuatorianos domiciliados en el exterior se adjudicarán a los candidatos que obtengan la más alta votación.

Art. 6

De las calidades para ser asambleísta. Podrán ser asambleístas las ecuatorianas y los ecuatorianos por nacimiento que estén en goce de los derechos políticos y que sean mayores de 20 años. Las candidatas y los candidatos provinciales deberán además acreditar, ante el Tribunal Provincial correspondiente, haber nacido en la provincia o haber residido ininterrumpidamente en ella, en los tres años anteriores a la fecha de la elección. Los candidatos y candidatas en las circunscripciones para ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior deberán estar inscritos en el padrón electoral del consulado que corresponda, y acreditar oficialmente que reside en dicha ciudad, país y continente por lo menos 2 años anteriores a la fecha de la elección.

Art. 7

De las inhabilidades e incompatibilidades. Las candidatas y los candidatos a la Asamblea Constituyente están sujetos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y en las leyes.

Art. 8

De la Comisión de Instalación. La instalación de la Asamblea Constituyente será dirigida temporalmente por una comisión conformada por los tres asambleístas con la más alta votación en la circunscripción nacional, quienes desempeñarán la presidencia, vicepresidencia y secretaría, respectivamente, cuya función específica será organizar, durante la primera sesión, la elección de la Comisión Directiva de la Asamblea Constituyente, luego de lo cual cesará en sus funciones.

Art. 9

De la Comisión Directiva de la Asamblea Constituyente. Una vez instalada, la Asamblea Constituyente designará a los miembros de la Comisión Directiva, que estará conformada por un presidente, dos vicepresidencias y dos vocalías; y una secretaria de fuera de su seno.

Presidente y secretario serán nombrados, en votación individual, por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea. Para la elección de vicepresidentes de la Asamblea, se designará como primer vicepresidente a quien obtuviere la mayor votación en la respectiva elección individual y segundo vicepresidente a quien quede en segundo lugar.En la elección de las dos vocalías se aplicará el mismo mecanismo que para la elección de los vicepresidentes.En el plazo de 7 días, la Asamblea Constituyente debatirá y aprobará por mayoría absoluta de los presentes su Reglamento de Funcionamiento Interno, a partir de la propuesta que presente la Comisión Directiva.

Art. 10

De la toma de las decisiones. Para discutir y aprobar cualquier iniciativa el quórum será la mitad más uno de las y los miembros de la Asamblea Constituyente.La Asamblea Constituyente tomará sus decisiones por mayoría absoluta de sus miembros.

Art. 11

De la pérdida de la calidad de asambleísta. El asambleísta elegido que incurra en cualquiera de las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en la Constitución o la ley, será reemplazado por el respectivo suplente.

Art. 12

De la convocatoria. Dentro de los ocho días siguientes a la proclamación de los resultados de la Consulta Popular, el Tribunal Supremo Electoral convocará a elecciones para la conformación de la Asamblea Constituyente. La convocatoria se publicará en el Registro Oficial y en los diarios de mayor circulación del país y mediante cadena nacional de radio y televisión.

Art. 13

De la inscripción de las candidaturas. A partir del día siguiente a la publicación oficial de la convocatoria a la Asamblea Constituyente y durante el plazo de 45 días, los movimientos ciudadanos, los movimientos y partidos políticos podrán inscribir sus listas de candidatos. Las listas electorales deberán estar conformadas por un número de candidatos igual al número de escaños a elegir en la respectiva circunscripción.Los partidos y movimientos políticos legalmente reconocidos y los movimientos ciudadanos deberán presentar al Tribunal Supremo Electoral, o al correspondiente Tribunal Provincial Electoral, un mínimo de firmas de respaldo equivalente al 1% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral de su circunscripción. En caso de los ecuatorianos domiciliados en el exterior, deberán presentar en el Consulado de su respectiva circunscripción, el 1% de firmas de los ecuatorianos y ecuatorianas registrados en el padrón electoral de Europa, Estados Unidos y Canadá o América Latina, según corresponda.En la conformación de las listas deberá respetarse la cuota de género establecida en la Constitución y la ley.

 

CALIFICACIÓN, CAMPAÑA Y FINANCIAMIENTO

Art. 14

De la calificación de la validez de las candidaturas y de su notificación. Dentro de los diez días siguientes a la finalización de la inscripción de candidaturas, los tribunales electorales competentes deberán calificar la validez de las mismas. Para la notificación de la resolución se aplicará lo establecido en la legislación electoral.

Art. 15

De los recursos. Los movimientos ciudadanos y los movimientos y partidos políticos, por medio de sus representantes nacionales o provinciales, podrán impugnar las candidaturas de acuerdo a los procedimientos y plazos establecidos en la Ley Orgánica de Elecciones.

Art. 16

De la publicación de la lista de candidatas y candidatos. Resueltos los recursos e impugnaciones, las listas electorales definitivas se publicarán en el Registro Oficial y en los diarios de mayor circulación del país, de conformidad con lo establecido en la ley.

Art. 17

De la campaña electoral. La campaña electoral, que tendrá una duración de 45 días, comenzará el día siguiente de la publicación de la lista de candidatas y candidatos y terminará 72 horas antes del día de las elecciones.

Art. 18

De la financiación de la campaña. El Estado, a través del presupuesto del Tribunal Supremo Electoral, financiará la campaña publicitaria en prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias de cada una de las listas. Queda prohibida la financiación privada de cualquier forma de publicidad relacionada con el proceso constituyente en prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias de cada una de las listas electorales. El financiamiento del Estado se realizará en condiciones de estricta igualdad y equidad, en cuanto a espacio, horario y cobertura.

Art. 19

De las sanciones por incumplimiento de la regulación publicitaria. Cualquier candidatura que incumpla lo establecido en la disposición anterior, previo la apertura de un expediente por parte del Tribunal Electoral correspondiente, el cual garantizará el derecho a la defensa de los investigados, quedará excluida del proceso electoral y su candidatura será anulada.

 

DE LOS RESULTADOS E INSTALACIÓN

Art. 20

Las elecciones para la Asamblea Constituyente se realizarán en un plazo máximo de 150 días, contados a partir de la publicación de la convocatoria a dicha elección.

Art. 21

De los resultados de las elecciones. La proclamación de los y las asambleístas, impugnaciones, publicación de los resultados electorales y entrega de credenciales se hará de acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones.

Art. 22

De la instalación de la Asamblea. La Constituyente se instalará sin convocatoria previa diez días después de ser proclamados los resultados definitivos de las elecciones de asambleístas.

Art. 23

Del referéndum aprobatorio. Una vez aprobado el texto de la nueva Constitución y dentro de los 45 días siguientes, el Tribunal Supremo Electoral convocará a un referéndum, para aprobar o rechazar el texto de la nueva Constitución por la mitad más uno de los sufragantes.

 

Disposición transitoria

El Ministerio de Finanzas creará una partida para sufragar los gastos que demande el funcionamiento de la Asamblea que tendrá autonomía administrativa y financiera.

 

Disposición final

Serán aplicables las disposiciones de la Ley Orgánica de Elecciones y la vigente normativa electoral.

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Correa da ultimatum al TSE por Consulta Popular

rafael_correa.jpgEl presidente del Ecuador, Rafael Correa, dio un ultimátum al Tribunal Supremos Electoral (TSE) por la consulta popular. Para que se pronuncie máximo hasta el jueves sobre al consulta popular que plantea Correa para impulsar la Asamblea Constituyente.

Desde Tena en una cadena nacional de Radio, Correa dijo que si hasta el jueves el TSE no se pronuncia acerca de la consulta, nombraba a otro Tribunal para esto.

“No importa lo que diga el Congreso y el TSE, lo que importa es lo que diga el pueblo y las atribuciones que nos da la Constitución”

“Esperaremos hasta el día miércoles o jueves y si no hay una definición, actuaremos como nos impone el mandato popular y las atribuciones que nos da la Constitución” y advirtió que “constitucionalmente se puede hacer un tribunal ad hoc; el que convoca a la consulta no es el Tribunal sino el Presidente. La consulta ya está convocada, el Tribunal tiene que ejecutarla, si no lo hace este tribunal, nombraremos otro ad hoc” dijo Correa.

También hablo acerca de realizar unos cambios para los requisitos para la conformación de la asamblea, como el porcentaje de las firmas, bajarlo del 1% al 0.5%.

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La polemica del glifosato vuelve

El tema polémico entre Ecuador y Colombia sobre el glifosato vuelve a retomar fuerzas. Ya cuando parecía que Colombia al fin había entendido y accedido a parar las fumigaciones, volvieron a hacerlo.

glifosato.jpg

Rafael Correa, amenazó a Colombia con demandas internacionales por la reanudación de las fumigaciones con glifosato en la frontera.

Para los que se preguntan cual es el problema con las fumigaciones, es que ese químico no solo se queda en el área donde fumigan, el viento lo lleva a poblaciones cercanas ocasionando enfermedades a los habitantes de dichas poblaciones.

A pesar de todo esto el Ministro de Relaciones Exteriores (e), Camilo Reyes, dijo que las fumigaciones nunca pararon, y que no se detendrán hasta cubrir las 13.000 ha de cultivos ilícitos de coca.

Multa
En enero pasado, la filial de la compañía Monsanto en Francia fue condenada al pago de $ 17.000 por publicidad engañosa del herbicida Roundup, cuyo componente es el glifosato, clasificado en el 2001 por la Comisión Europea como un producto que puede “acarrear efectos nefastos para el ambiente a largo plazo”.

Biodegradable
Monsanto ponía en sus etiquetas que el herbicida era “biodegradable”, pero fueron halladas algunas de sus partículas en fuentes de agua.

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